LIMITACIONES A LOS PAGOS EN EFECTIVO |
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Contributed by Diego Santos.
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Nov 19, 2012 at 11:05 AM |
Mañana 20 de Noviembre entra en vigor las limitaciones de los pagos en efectivo, creandose un nuevo tipo infractor que dice " No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que algunas de las partes actúe en calida de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera". El incumplimiento de esta limitación constituye infracción admnistrativa calificada como grave, con sanción proporcional al 25% de la cuantía. Se exime de responsabilidad por infracción al participante que denuncia dentro de los trs meses al pago, la operación en la Agencia Tributaria identificando a la otra parte. |
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CAMBIE LA BAñERA POR UN PLATO DE DUCHA |
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Contributed by diego santos
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Oct 30, 2012 at 06:32 PM |
Como usted sabe, una de las reformas habituales en las viviendas de personas mayores es la sustitución de la bañera por un plato de ducha. Pues bien, quienes hagan esta obra hasta el 31 de diciembre de 2012 tienen derecho a una deducción en el IRPF de hasta el 20% de su coste. Los requisitos a tener en cuenta son: |
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BONIFICACIONES EN EL RETA |
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Contributed by diego santos
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Oct 25, 2012 at 07:17 PM |
Aunque la mayoria de las bonificaciones a la Seguridad Social han quedado deregoadas. En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) han quedado vigente las siguientes bonificaciones: - Nuevas altas de menores de 30 años ( 0 35 en caso de mujeres)
- Sustitucion de trabajadores autonomos durante el descanso por maternidad, paternidad, lactancia,etc.
- Personas con discapacidad.
Sorprendentemente, se ha establecido una nueva bonificación. Si usted es autónmo y un familiar suyo ... |
Last Updated ( Oct 25, 2012 at 07:19 PM )
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!CUIDADO CON LOS BORRADORES! |
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Contributed by dsantos
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Apr 30, 2012 at 06:10 PM |
Recuerde que desde el 10 de abril de 2012 ya es posible solicitar y confirmar el borrador del IRPF de 2011. ¡Atención! Antes de confirmarlo revíselo con cuidado, ya que es posible que encuentre alguna diferencia que podría hacerle tributar más de la cuenta. En este sentido, revise, por ejemplo, las siguientes situaciones: - Si adquirió su vivienda habitual antes del 20 de enero de 2006 y está utilizando financiación ajena, verifique que esté calculada la compensación fiscal para no perder los porcentajes de deducción incrementados a los que tenía derecho con la normativa anterior (casilla 738).
- Si durante 2011 se produjo el nacimiento o la adopción de alguno de sus hijos, compruebe que este hecho aparezca reflejado como un mayor mínimo por descendientes (casilla 676).
- Si es copropietario de una segunda residencia por la que procede efectuar imputación de rentas, compruebe que no le han asignado a usted el 100% de la propiedad del inmueble y que el porcentaje de propiedad haya sido distribuido correctamente entre los copropietarios (casilla 061).
- Si está separado, asegúrese de que el borrador tiene en cuenta las pensiones compensatorias y anualidades por alimentos satisfechas a su ex cónyuge e hijos (casilla 615).
Como siempre quedamos a su disposición en nuestro despacho. |
Last Updated ( Apr 30, 2012 at 06:11 PM )
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